CASO DIQUECITO LA CALERA


Solicitado por el Dr. Héctor Cámara, Director del Instituto de Medicina Forense de la ciudad de Córdoba, Argentina.

Respuesta sobre la peritación solicitada:


Córdoba, 10 de marzo de 1995

Me dirijo al Dr. Héctor Cámara, agradeciendo la particular deferencia de haberme permitido colaborar en la peritación odontológica como complementación para la identificación de los restos óseos femeninos encontrados en la ciudad de La Calera, Córdoba, paraje El Diquecito, semisepultada el 30 de noviembre de 1994, radicada en el Juzgado de Instrucción XIII.

Acompaño al estudio del Macizo Dento Máxilo Facial:
1) Modelo de los maxilares,
2) Radiografías.
3) Ficha Odontológica.


Al efectuar el estudio clínico del Macizo Dento Máxilo Facial no observamos traumatismos óseos que puedan determinar los elementos contundentes, capaces de producir la muerte de la persona. En primer lugar, se procedió a confeccionar una ficha odontológica, cuya universalización en Criminalística se hace imprescindible para poder dilucidar de manera inconfundible la individualidad de las personas y que de llegarse a universalizar pasaría a ser el verdadero idioma gráfico de la Odontología para bien de la humanidad, porque aún sin conocer el idioma cualquier persona idónea podría individualizar a las víctimas en cualquier catástrofe del mundo. En la ficha marcamos en su esquema dentario con rojo los elementos ausentes, las obturaciones efectuadas con azul y las caries, y con color marrón los desgastes fisiológicos tanto oclusales como incisales y en contactos interdentarios. Con verde, los elementos incluidos y su posición, y también los perdidos al alzar los restos humanos, dejando los alvéolos vacíos.

En este particular caso nos encontramos con una ficha odontológica que nos demuestra, que los cuatro terceros molares se encuentran en plena vía de erupción, lo que nos permite afirmar que se trata de una persona de aproximadamente 17 años de edad, afirmación que la sustentamos por la falta casi absoluta de desgaste fisiológico de su zonas activas, como así también la falta de facetas de contacto interproximales de sus elementos.

Se hace necesario hacer resaltar la ausencia por extracciones de los molares inferiores Nº 36 y 46, marcado en la ficha con lápiz rojo, que luego en una entrevista con el padre de la presunta víctima me dijo que en el colegio en que estuvo internada le habían sacado esos elementos. Y también tenia caries que afectaban la posición proximal e incisal del incisivo lateral derecho elemento Nº 12, como así también caries en los Nº 25 y 26, marcado en la ficha con color azul.

La víctima no presenta obturaciones en ningún elemento dentario. Por la restitución ósea de los alvéolos de los molares inferiores extraídos, nos hablan de una antigüedad aproximada a los 3 años

La placa radiográfica nos muestra claramente lo detallado en ficha, y la evolución de la erupción de los cuatro terceros molares y la falta de marcas de los tejidos óseos por traumatismos.

También se reprodujeron los maxilares superiores e inferiores en modelo de yeso piedra, en donde se observan los alvéolos vacíos y en la ficha con color verde de los elementos Nº 21, 22, 14, 15 y 45, que se perdieron posiblemente al rescatar el cuerpo del lugar del hallazgo, quedando por lo tanto los alvéolos vacíos, y el tejido óseo consolidado en el lugar donde se alojaban los primeros molares inferiores derecho e izquierdo, extraído por odontólogo, cuya restitución ósea del alveolo nos aproximan a la fecha ya determinada.

Con los elementos de prueba encontrados puedo manifestarle que observando el Macizo Dento Máxilo Facial diremos que se trata de una persona de sexo femenino, de raza blanca, determinada por el ángulo de regresión y convergencia de los molares, según la Teoría de Reducción Numérica de Boll, y de acuerdo a la tabla odontométrica de Vicente Bloise nos da una talla aproximada de 1,64 mts. de altura que también en la entrevista con su padre, me lo corroboró personalmente.

Dr. Cámara, de acuerdo a la peritación odontológica realizada sólo resta desde el punto de vista de la investigación, para la determinación de la identidad de manera inconfundible la confrontación con la ficha de los odontólogos tratantes de esta persona, si existieran pistas en ese sentido en el colegio donde estuvo internada. Y por lo concerniente a las posibilidades de tratarse de la Srta. Silvia Noemí Pérez, desaparecida el 16/11/94, más los informes recogidos se concretan las posibilidades dado que en el interrogatorio con su padre que le realicé personalmente me manifestó que ella estuvo enyesada en un brazo, el antebrazo derecho, que no se observa en el cadáver callo óseo por no haber sido una quebradura sino desgarro de los tejidos, por lo cual le enyesaron ese brazo.

Usted podrá corroborar en los modelos, ficha odontológica, radiografías y lo que me dijeron sus padres sobre la edad dada que también se manifiesta por la falta de erupción de los terceros molares, más el reconocimiento de algunas prendas personales por parte de su hermana mayor, que no caben dudas que se trata de la Srta. Silvia Noemí Pérez nacida el 22/5/77, LC 30.504.048 desaparecido el 18 de noviembre de 1994 y encontrada el 30 de noviembre del mismo año, en El Diquecito de La Calera, es decir 13 días después de su desaparición.

También tuve la oportunidad por indicación del señor padre de consultar a la odontóloga Dra. Lazo del Dispensario de la Calera, al frente de la estación del ferrocarril, porque se había hecho atender según ellos en ese dispensario y que días antes había asistido al mismo, para confrontarla si tuviera ficha odontológica con la confeccionada para la víctima, para dilucidar definitivamente si se trata de aquella otra persona que hace referencia el Juzgado de XIII Nominación. Es por eso, que el día 6 de marzo de 1995 entrevisté a la Dra. Lazo, y al no llevar ficha odontológica en el dispensario de La Calera, grave error, sólo el libro del día, que decía que la Srta. Pérez había sido atendida por una extracción el 1/11/94. La odontóloga me manifestó en esa oportunidad que le había efectuado la extracción posiblemente del tercer molar superior izquierdo, pero que no lo recordaba perfectamente, prometiéndome utilizar en el dispensario ficha odontológica en lo sucesivo.

Esta afirmación dubitativa sumado a que eran las dos únicas extracciones que tenía efectuadas como lo expresamos en la ficha y sumado a la no presencia de cayo óseo del radio del brazo derecho, y al confrontar clínicamente, radiográficamente y con modelos realizados en la peritación, se nos hacía dudoso de que ese cuerpo sea de la Srta. Pérez.

Así pasó el tiempo y en otra entrevista con la Dra. Lazo, nos manifiesta que ella recordaba no haber realizado la extracción del tercer molar inferior por estar muy inflamado, que sólo fue medicada, es decir se arrepintió de lo dicho, pero sí quedó claro que la enfermera le puso como extraída la muela. Consultada la maestra cuando fue enyesada en el colegio donde estaba internada, nos dijo que no fue fractura, que sólo se sacó el brazo, por eso la falta de existencia de callo óseo del hueso ya indicado.

Por todo esto, y las otras coincidencias de fecha, edad, etc. me cabe la casi certeza de que sí se trataba de la joven Srta. Silvia Noemí Pérez.

Así fue pasando el tiempo y cuando recurrí a la morgue, no encontramos el cadáver, porque de acuerdo al Pacto de Costa Rica a los dos años fue sepultada como NN. Tampoco supieron decirme dónde y qué pasó con aquellos restos óseos.

Dando por finalizado de mi parte los trámites realizados al respecto sobre la peritación encomendada por el Dr. Héctor Cámara, desvinculándome definitivamente del hecho.

Este es otro de los tantos casos que se sucedieron durante la época del oscurantismo que permaneció hasta la abolición jurídica del Punto Final y la Obediencia Debida.

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